Asesoramos a empresas de la Región de Antofagasta en sociedades, marcas, cobranza, modelos de prevención de delitos y conflictos laborales, también cuando trabajan como contratistas o subcontratistas de otra empresa. Constituir una sociedad o registrar una marca se hace a distancia; un juicio se ve en el tribunal de la región que corresponda según la materia y la comuna, y el estudio comparece a las audiencias.

Servicios para empresas en la región

¿Tu empresa enfrenta alguno de estos escenarios?

«Le facturamos a la empresa mandante y lleva meses sin pagar»

Si la factura no indica plazo, el saldo debe pagarse dentro de 30 días corridos desde su recepción, y el cliente tenía 8 días corridos desde la recepción para reclamar su contenido o la falta de entrega del servicio (Ley 19.983). Sin reclamo oportuno y con la recepción acreditada, la copia de la factura puede tener mérito ejecutivo (art. 5), pero esa acción prescribe en un año desde el vencimiento (art. 10). Antes de cobrar, revisa en el SII si fue aceptada o reclamada, junta las órdenes de compra y los respaldos de recepción en faena, y verifica si la cediste. Más en cobranza de facturas y en qué revisar antes de cobrar.

«Somos tres socios y nos adjudicamos un contrato de servicios en una faena»

Si forman una SpA, el estatuto puede regular con amplia libertad los derechos de los accionistas y la administración (Código de Comercio, art. 424). Lo que no se pacte tiene consecuencias: si el estatuto calla, las nuevas acciones de pago no deben ofrecerse primero a los socios (art. 439), y los conflictos entre ellos los resuelve un árbitro mixto en única instancia designado por la justicia del domicilio social (art. 441). Antes de firmar el contrato con la mandante, definan aportes, quién administra y cómo sale un socio. Revisa qué regular en un pacto de accionistas y constitución de sociedades.

«La mandante nos pide un modelo de prevención de delitos para renovar el contrato»

Desde el 1 de septiembre de 2024 rigen las modificaciones de la Ley 21.595 a la Ley 20.393 (Ley 21.595, art. 60), así que un modelo anterior debe compararse con el artículo 4 vigente, que considera el giro, tamaño y recursos de la empresa. Ese artículo exige incorporar la normativa interna en los contratos de trabajo y de prestación de servicios, y contempla evaluaciones periódicas por terceros independientes. Un certificado antiguo no reemplaza esa revisión. Diseñamos, implementamos y evaluamos modelos; no los certificamos ni actuamos como encargado de prevención externo. Más en modelo de prevención de delitos.

«La Inspección del Trabajo nos cursó una multa después de fiscalizar la faena»

Tienes dos vías que no se usan a la vez. La reconsideración administrativa ante la Dirección del Trabajo se pide dentro de 30 días hábiles administrativos desde la notificación, y procede solo si no reclamaste judicialmente (Código del Trabajo, arts. 511 y 512). La reclamación judicial tiene un plazo de 15 días hábiles desde la notificación (art. 503). Si la multa llegó por correo electrónico o carta certificada, la fecha legal de notificación puede no coincidir con el día en que la leíste. Guarda el acta de la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta y sus anexos. Más en fiscalizaciones de la Dirección del Trabajo.

Contratistas y empresas principales: quién responde ante los trabajadores

Cuando una empresa presta servicios en la faena o instalación de otra, la empresa principal responde solidariamente de las obligaciones laborales y previsionales de dar del contratista con sus trabajadores, incluidas las indemnizaciones legales por término de la relación, por el tiempo en que trabajaron en régimen de subcontratación (Código del Trabajo, art. 183-B). Esa responsabilidad pasa a ser subsidiaria si la empresa principal ejerce sus derechos de información y retención (art. 183-D). Por eso, sea tu empresa contratista o principal, en la asesoría revisamos los contratos de prestación de servicios y la documentación laboral y previsional que respalda cada lado.

Qué se hace a distancia y qué exige un tribunal

La constitución de una sociedad, el registro de una marca y el diseño de un modelo de prevención se trabajan por completo a distancia. Un cobro judicial, una demanda laboral o una investigación penal, en cambio, se tramitan ante el tribunal que corresponda en Antofagasta, Calama o la comuna respectiva: los escritos son electrónicos y el estudio comparece a las audiencias.

Antecedentes que conviene reunir

  • Escritura o estatutos de la sociedad y sus modificaciones
  • Poderes vigentes de los representantes
  • Contratos con clientes, proveedores o con la empresa principal, y las facturas u órdenes de compra relacionadas
  • Notificaciones del tribunal, la Dirección del Trabajo u otro organismo

Qué cubre nuestra asesoría a empresas y qué no

Incluye

  • Constitución de sociedades y pactos de accionistas.
  • Registro de marcas ante INAPI: solicitud, observaciones y oposiciones.
  • Cobranza extrajudicial y judicial de facturas.
  • Diseño, implementación y evaluación de modelos de prevención de delitos, con manual y capacitaciones.
  • Procedimientos concursales, para el deudor o para un acreedor.
  • Defensa laboral de la empresa y responsabilidad penal de la persona jurídica.

No incluye

  • Patentes de invención ni diseños industriales.
  • Compra o financiamiento de facturas.
  • Certificación de modelos de prevención ni el cargo de encargado de prevención externo.
  • Representar a la empresa y a su contraparte en el mismo asunto.
  • Trámites migratorios para contratar personal extranjero.
  • Garantías sobre el resultado de un juicio o una cobranza.

Honorarios

La asesoría inicial es pagada y su valor, igual que en Iquique, depende de la materia; nuestra asistente legal te lo informa antes de agendar. Después de la asesoría, Stephanie Gallardo te indica el valor de una eventual representación. Revisa el detalle en nuestra página de honorarios →

Atención a distancia, paso a paso

No necesitas viajar para contratar ni para seguir tu caso: lo gestionamos completo a distancia, estés en Antofagasta o en cualquier región de Chile.

  1. Coordinación por WhatsApp. Nuestra asistente legal te informa el valor de la asesoría, que depende de la materia, la modalidad (en la oficina o por videollamada) y la disponibilidad.
  2. Asesoría por videollamada. Revisas tu caso directamente con Stephanie Gallardo: qué opciones tienes, qué plazos corren y qué antecedentes faltan. Ten a mano los documentos que tengas, como citaciones, contratos o notificaciones.
  3. Poder para representarte. Si decides contratar la representación, el mandato judicial puede constituirse con tu firma electrónica avanzada, sin que tengas que ir al tribunal. Si se firma con firma electrónica simple, debe ratificarse ante el ministro de fe del tribunal, trámite que también puede hacerse por videoconferencia.
  4. Escritos y audiencias. Los escritos se presentan por vía electrónica en la Oficina Judicial Virtual y el estudio comparece a las audiencias. Te avisamos con anticipación cada plazo, trámite y audiencia de tu causa; si una audiencia requiere tu presencia o que alguien del equipo viaje, coordinamos contigo los tiempos y gastos antes.
  5. Seguimiento. Stephanie y nuestra asistente legal te informan en qué va el caso. Además, puedes consultar tu causa en la Oficina Judicial Virtual con tu ClaveÚnica, salvo la información que tenga carácter reservado.

Dónde se tramitan los asuntos de tu empresa en la Región de Antofagasta

Depende de la materia y de la comuna:

MateriaAntofagasta y Sierra GordaProvincia de El LoaTocopilla, María Elena, Mejillones y Taltal
Cobranza, conflictos comerciales y procedimientos concursalesJuzgados de Letras en lo Civil de AntofagastaJuzgados de Letras de CalamaJuzgado de letras de la comuna
Juicios laboralesJuzgado de Letras del Trabajo de AntofagastaJuzgado de Letras del Trabajo de Calama
Investigación penal contra la empresaJuzgado de Garantía de AntofagastaJuzgado de Garantía de CalamaJuzgado de Garantía de Tocopilla o, en María Elena, Mejillones y Taltal, el juez de letras de la comuna
MarcasINAPI, a distancia
Constitución de sociedadesRegistro de Empresas y Sociedades o escritura pública, sin tribunal

En un procedimiento concursal es competente el juzgado de letras del domicilio del deudor (Ley 20.720, art. 3). Cuando procede una apelación, la conoce la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Ver los tribunales de la Región de Antofagasta por materia →

Preguntas frecuentes

Mi empresa tiene domicilio en Antofagasta y una faena en Calama. ¿Dónde pueden demandarla?

Depende de la materia. En un juicio laboral, el trabajador puede elegir entre el juzgado del domicilio de la empresa y el del lugar donde prestó servicios (Código del Trabajo, art. 423), así que la demanda puede llegar al Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta o al de Calama. En otras materias lo revisamos en la asesoría.

¿Hay que reunirse en persona para constituir la sociedad o registrar la marca?

No. Constituir una sociedad en el Registro de Empresas y Sociedades o registrar una marca ante INAPI se trabaja por completo a distancia, sin tribunal.

Un trabajador de nuestro contratista demandó a nuestra empresa. ¿Pueden defendernos?

Sí, siempre que no representemos a la otra parte en el mismo caso. Uno de los primeros puntos que revisamos es si la empresa ejerció sus derechos de información y retención, porque de eso depende que responda solidaria o subsidiariamente.

Nuestro cliente o proveedor está en Perú o Bolivia. ¿Sirven sus documentos en un juicio en Antofagasta?

Los documentos públicos de Perú o Bolivia, como una escritura o un certificado de vigencia de la empresa, sirven en un tribunal de Antofagasta con la apostilla de la autoridad de su país, sin legalización consular, porque ambos son parte de la Convención de la Apostilla (Código de Procedimiento Civil, art. 345 bis). Los documentos privados del negocio, como un contrato entre las empresas, una orden de compra o una factura extranjera, siguen otras reglas de prueba que revisamos en la asesoría. Si algún documento está en otro idioma, el tribunal puede ordenar su traducción por perito o aceptar la que acompañe la empresa, si la contraparte no la objeta dentro de seis días (art. 347).

Fuentes oficiales

Fuentes consultadas el 25 de octubre de 2026.

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Cliente no paga una factura: qué revisar antes de cobrar

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