La Ley N° 19.983 otorga mérito ejecutivo a la factura cuando fue emitida válidamente, cuenta con acuse de recibo (expreso, o tácito tras 8 días corridos sin reclamo) y su plazo de pago está vencido. La Ley de Pago a 30 Días (Ley 21.131) agrega interés moratorio y comisión de cobranza por el solo ministerio de la ley. Gestionamos también operaciones de factoring y cesión de facturas.

¿En qué casos te podemos ayudar?

  • Cobro judicial de facturas con mérito ejecutivo perfeccionado
  • Gestión preparatoria cuando falta algún requisito para completar el mérito ejecutivo
  • Gestión extrajudicial previa a demanda
  • Gestión de operaciones de cesión de facturas (factoring) para tu empresa

Una factura impaga puede cobrarse por la vía rápida

La Ley N° 19.983 otorga mérito ejecutivo a la factura cuando cumple ciertos requisitos: fue emitida válidamente, cuenta con acuse de recibo de las mercaderías o servicios —expreso, o tácito si transcurrieron 8 días corridos desde su recepción en el sistema del SII sin que el receptor reclamara— y su plazo de pago está vencido. Con esos requisitos cumplidos, se puede iniciar el cobro judicial directamente por vía ejecutiva, sin necesidad de un juicio previo para acreditar la deuda.

El plazo de 8 días es clave

Quien recibe la factura tiene 8 días corridos desde su recepción en el SII para reclamar su contenido o la falta de entrega de lo facturado. Si no reclama dentro de ese plazo, la factura queda irrevocablemente aceptada, lo que fortalece la posición de quien cobra.

La Ley N° 21.131, que modificó la Ley 19.983, agrega la obligación de pagar la factura dentro de 30 días corridos desde su recepción, y establece que el atraso genera un interés moratorio desde el primer día y una comisión fija de recuperación de gastos de cobranza, ambos por el solo ministerio de la ley.

Cómo se estructura el cobro

Si la factura no tiene el mérito ejecutivo perfeccionado —por ejemplo, falta el acuse de recibo—, primero se realiza una gestión preparatoria ante el tribunal. Una vez completado el título ejecutivo, se presenta la demanda ejecutiva, que puede derivar en el embargo de bienes del deudor. Antes de judicializar, conviene un cobro extrajudicial formal, que en muchos casos resuelve la deuda sin necesidad de llegar a tribunales.

Qué antecedentes conviene reunir

  • Copia cedible de la factura o el documento tributario electrónico (DTE)
  • Acuse de recibo o guía de despacho
  • Comprobantes de gestiones de cobro previas, si las hay

Qué revisamos en Gallardo & Compañía

Si la factura tiene el mérito ejecutivo perfeccionado, qué antecedentes faltan si no lo tiene, y la vía de cobro más eficiente para su caso —extrajudicial, gestión preparatoria previa, o demanda ejecutiva directa. También gestionamos directamente operaciones de cesión de facturas (factoring) cuando a la empresa le conviene ceder el crédito a un tercero en vez de esperar el cobro.

Cómo trabajamos tu caso

Nuestra asistente legal coordina tu asesoría por WhatsApp y te informa valor, modalidad y disponibilidad. Desde ahí, revisas tu caso directamente con Stephanie Gallardo, socia fundadora, y el equipo del estudio, que te explica qué opciones tienes, qué plazos aplican y qué se necesita para avanzar.

Honorarios

La asesoría inicial es pagada y su valor depende de la materia: te lo informa nuestra asistente legal antes de agendar. El valor de una eventual representación se define después de la asesoría con Stephanie Gallardo, porque depende de la complejidad del asunto y de si ya existe una causa judicial en curso. Puedes ver el detalle completo en nuestra página de honorarios →

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar una factura sin acuse de recibo?

Puede requerir una gestión preparatoria adicional antes de tener el mérito ejecutivo completo; se revisa caso a caso.

¿Qué pasa si el deudor dice que nunca recibió la mercadería?

Puede alegarlo dentro del plazo legal en la gestión preparatoria; si esa alegación se declara dolosa y es rechazada, la ley contempla una sanción para quien la interpuso de mala fe.

Empresas · Iquique

¿Conversamos sobre tu cobranza?

Cuéntanos tu situación por WhatsApp. Coordinamos tu asesoría y, desde ahí, revisas tu caso directamente con el equipo.

Conversar por WhatsApp
Habla con nosotros