El Juzgado de Familia de Calama ve los asuntos de familia de toda la provincia de El Loa: Calama, Ollagüe y San Pedro de Atacama. Te representamos en divorcios, pensiones de alimentos, cuidado personal, relación directa y regular, compensación económica y adopción. La asesoría es por videollamada con Stephanie Gallardo y el estudio comparece a las audiencias en Calama.

Causas de familia que llevamos

¿Tu situación familiar en Calama es una de estas?

«Mi ex dejó de pagar la pensión cuando se cambió de contratista»

El cambio de empleador no borra la deuda. En la causa de cumplimiento ante el Juzgado de Familia de Calama, el tribunal puede oficiar al nuevo empleador para que descuente la pensión directamente del sueldo, porque la retención por el empleador es la modalidad de pago que la ley fija para los trabajadores dependientes (Ley 14.908, art. 8). Si se deben, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas, el tribunal ordena inscribir al deudor en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, que le impide, entre otros trámites, sacar pasaporte o licencia de conducir. Para pedirlo sirve el nombre de la nueva empresa. Revisa qué hacer si no te pagan la pensión.

«Terminó mi contrato en la mina y ya no puedo pagar la pensión que me fijaron»

Los alimentos se deben mientras continúen las circunstancias que justificaron la demanda (Código Civil, art. 332). Si tus ingresos bajaron, puedes pedir una rebaja, pero como regla general primero debes pasar por mediación (Ley 19.968, art. 106) y después demandar ante el Juzgado de Familia de Calama. Mientras el tribunal no modifique la pensión, el monto fijado sigue siendo exigible y lo que dejes de pagar se acumula como deuda. Ten a mano el finiquito, tus últimas liquidaciones y lo que hoy recibes, por ejemplo del seguro de cesantía. Más en cese y rebaja de la pensión de alimentos.

«Quiero viajar con mi hija a Bolivia y su papá no firma el permiso»

Si ningún juez ha entregado el cuidado personal, para salir del país la niña necesita la autorización de ambos padres; si se le entregó a uno, basta la de ese padre, más la del otro si tiene un régimen de relación directa y regular fijado o aprobado por el tribunal. El permiso se da por escritura pública o por instrumento privado autorizado ante notario. Si el otro padre se niega sin motivo plausible, el juez del lugar donde vive la niña puede autorizar el viaje y fijar el plazo (Ley 16.618, art. 49); en El Loa, el Juzgado de Familia de Calama (Ley 19.968, art. 8 N° 10). Revisa también cuidado personal.

«Mi pareja me controla el sueldo y me amenaza cuando vuelve del turno»

La violencia intrafamiliar incluye la violencia económica, y protege a cónyuges, convivientes, parejas sin convivencia y padres de un hijo común, entre otros (Ley 20.066, art. 5). Puedes presentar una demanda o denuncia, y el Juzgado de Familia de Calama puede dictar medidas cautelares: prohibir que se te acerque, restringir su presencia en el hogar común o en tu trabajo, y fijar alimentos o cuidado personal provisorios, por hasta 180 días hábiles renovables una vez (Ley 19.968, arts. 82 y 92). Si los hechos son constitutivos de delito, la causa pasa a la Fiscalía. Más en violencia intrafamiliar.

Cuando uno de los padres trabaja por turnos

Si tú o el otro padre trabajan por turnos, conviene que el régimen de relación directa y regular que se proponga calce con ese calendario, en lugar de un esquema semanal difícil de cumplir. En una demanda de alimentos, las liquidaciones de sueldo de varios meses muestran mejor los ingresos cuando hay bonos o pagos variables. Antes de demandar alimentos, cuidado personal o relación directa y regular, como regla general debe intentarse una mediación, con las excepciones y prohibiciones legales (Ley 19.968, art. 106).

Antecedentes para la asesoría

  • Certificado de matrimonio y certificados de nacimiento de los hijos
  • Liquidaciones de sueldo de los últimos meses, con los bonos que se paguen
  • El calendario de turnos, si tú o el otro padre trabajan por sistema de turnos
  • El acta de mediación o resoluciones anteriores, si existen

Qué cubre nuestro trabajo de familia y qué queda fuera

Incluye

  • Divorcio de mutuo acuerdo o unilateral, y la compensación económica dentro de ese juicio.
  • Fijar, subir, rebajar o cobrar pensiones de alimentos.
  • Cuidado personal y relación directa y regular, incluidos los calendarios que se ajustan a sistemas de turnos.
  • Medidas de protección por violencia intrafamiliar ante el Juzgado de Familia.
  • Liquidación de la sociedad conyugal, salvo la partición ante juez árbitro.
  • Adopción, solo para quienes postulan a adoptar.

No incluye

  • La representación en una partición ante juez árbitro al liquidar la sociedad conyugal.
  • Adopciones en que no seas postulante a adoptar.
  • Exequátur de un divorcio o de otra sentencia dictada en el extranjero.
  • Visas o residencias para ti o para tus hijos.
  • Garantía de resultados ni de un monto determinado de pensión.

Honorarios

La asesoría inicial es pagada y cuesta lo mismo desde Calama que desde Iquique; su valor depende de la materia y nuestra asistente legal te lo informa antes de agendar. Después de la asesoría, Stephanie Gallardo te indica el valor de una eventual representación. Revisa el detalle en nuestra página de honorarios →

Opciones gratuitas en un conflicto familiar en El Loa

Antes de demandar alimentos, cuidado personal o relación directa y regular, la mediación previa es gratuita en los centros contratados por el Ministerio de Justicia, aunque la ley permite cobrar a quien tenga recursos (Ley 19.968, art. 114). Se pide en el Portal de Usuarios de Mediación Familiar con ClaveÚnica o en forma presencial, puede hacerse a distancia si ambas partes lo aceptan y dura hasta 60 días, prorrogables hasta 60 más de común acuerdo (ChileAtiende: mediación familiar). No procede si hay medidas cautelares o de protección vigentes, o condena o anotación por violencia intrafamiliar, entre las partes. Para la demanda, el consultorio jurídico de Calama de la Corporación de Asistencia Judicial patrocina gratis a quien no puede pagar, tras una evaluación social.

Atención a distancia, paso a paso

No necesitas viajar para contratar ni para seguir tu caso: lo gestionamos completo a distancia, estés en Calama o en cualquier región de Chile.

  1. Coordinación por WhatsApp. Nuestra asistente legal te informa el valor de la asesoría, que depende de la materia, la modalidad (en la oficina o por videollamada) y la disponibilidad.
  2. Asesoría por videollamada. Revisas tu caso directamente con Stephanie Gallardo: qué opciones tienes, qué plazos corren y qué antecedentes faltan. Ten a mano los documentos que tengas, como citaciones, contratos o notificaciones.
  3. Poder para representarte. Si decides contratar la representación, el mandato judicial puede constituirse con tu firma electrónica avanzada, sin que tengas que ir al tribunal. Si se firma con firma electrónica simple, debe ratificarse ante el ministro de fe del tribunal, trámite que también puede hacerse por videoconferencia.
  4. Escritos y audiencias. Los escritos se presentan por vía electrónica en la Oficina Judicial Virtual y el estudio comparece a las audiencias. Te avisamos con anticipación cada plazo, trámite y audiencia de tu causa; si una audiencia requiere tu presencia o que alguien del equipo viaje, coordinamos contigo los tiempos y gastos antes.
  5. Seguimiento. Stephanie y nuestra asistente legal te informan en qué va el caso. Además, puedes consultar tu causa en la Oficina Judicial Virtual con tu ClaveÚnica, salvo la información que tenga carácter reservado.

Dónde se ve una causa de familia en El Loa

En el Juzgado de Familia de Calama, con competencia sobre las comunas de la provincia de El Loa: Calama, Ollagüe y San Pedro de Atacama (Ley 19.968, art. 4). Las materias que conoce están en el art. 8 de la misma ley.

Las apelaciones las conoce la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Ver los tribunales de Calama por materia →

Preguntas frecuentes

Vivo en Calama y mi expareja en Antofagasta. ¿Dónde se presenta el divorcio?

Si el divorcio es unilateral, por regla general se presenta ante el tribunal del domicilio del cónyuge demandado (Ley 19.947, art. 87); en ese caso, el Juzgado de Familia de Antofagasta. Si es de mutuo acuerdo, puede presentarse ante el tribunal con competencia en familia del domicilio de cualquiera de los dos, incluido el de Calama.

Vivo en San Pedro de Atacama. ¿Mi causa se ve en Calama?

Si la causa corresponde a un tribunal de El Loa, sí: el Juzgado de Familia de Calama cubre San Pedro de Atacama y Ollagüe. Para la asesoría no necesitas viajar, porque es por videollamada.

¿Tengo que estar en todas las audiencias?

No siempre. Te avisamos con anticipación cada audiencia y te indicamos cuáles requieren tu presencia y en cuáles basta con que comparezca el estudio.

Mis hijos nacieron en Bolivia o en Perú. ¿Sirven sus certificados en el Juzgado de Familia de Calama?

Sí, si vienen apostillados por la autoridad del país que los emitió. Bolivia aplica la Convención de la Apostilla desde el 7 de mayo de 2018 y Perú desde el 30 de septiembre de 2010, así que esos certificados no pasan por el consulado (Código de Procedimiento Civil, art. 345 bis). Los de un país que no es parte, como Haití, se legalizan en el consulado chileno y luego en el Ministerio de Relaciones Exteriores (art. 345). Un certificado emitido en castellano no necesita traducción; si viene en otro idioma, puedes acompañar tu traducción, que vale si la otra parte no la objeta dentro de seis días (art. 347). Tenlo a mano para la asesoría.

Fuentes oficiales

Fuentes consultadas el 25 de octubre de 2026.

Orientación relacionada

Relación directa y regular: cómo fijar, modificar y hacer cumplir las visitas

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Derecho de familia · Calama

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