Adoptar en Chile parte con una evaluación de idoneidad ante el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, y continúa con un proceso judicial conforme a la Ley N° 19.620. Pueden postular matrimonios y, en los términos y con la preferencia del artículo 21 de la Ley 19.620, personas solteras, divorciadas o viudas, mayores de 25 y menores de 60 años, con las excepciones legales. Acompañamos a los postulantes durante ambas etapas.

¿En qué casos te podemos ayudar?

  • Asesoría legal durante el proceso de postulación y evaluación de idoneidad para adoptar
  • Representación en el proceso judicial de adopción
  • Orientación sobre los requisitos legales según la situación familiar de los postulantes (personas solteras, casadas, viudas o divorciadas)

Dos etapas: idoneidad y proceso judicial

Adoptar en Chile parte con un proceso de evaluación ante el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (ex Sename), que acredita si los postulantes están aptos física, emocional y moralmente para adoptar, mediante un estudio psicosocial. Cumplida esa etapa, la adopción se constituye mediante un proceso judicial ante el Tribunal de Familia, regulado por la Ley N° 19.620.

Requisitos generales

Pueden postular personas casadas, solteras, viudas o divorciadas, mayores de 25 y menores de 60 años. Si se trata de un matrimonio, se exige al menos dos años de matrimonio, requisito que no se exige si uno o ambos cónyuges son infértiles. También se verifica que los postulantes no estén inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Un sistema que ha estado en reforma

La Ley 21.760, publicada el 16 de agosto de 2025, establece un nuevo marco de adopción cuya entrada en vigencia está condicionada por sus disposiciones transitorias. Antes de iniciar una postulación debe identificarse el régimen aplicable y, si existe un procedimiento en curso, sus reglas de transición. No deben combinarse los requisitos de la Ley 19.620 con los de la ley nueva como si todos rigieran simultáneamente.

Qué antecedentes conviene reunir

  • Certificados de matrimonio o estado civil
  • Antecedentes de residencia
  • La documentación que exija la Unidad de Adopción durante el proceso de evaluación

Qué revisamos en Gallardo & Compañía

Orientamos a los postulantes durante la etapa de evaluación de idoneidad, revisamos que la documentación exigida por la Ley 19.620 esté completa, y los representamos en el proceso judicial de adopción ante el Tribunal de Familia.

Cómo trabajamos tu caso

Nuestra asistente legal coordina tu asesoría por WhatsApp y te informa valor, modalidad y disponibilidad. Desde ahí, revisas tu caso directamente con Stephanie Gallardo, socia fundadora, y el equipo del estudio, que te explica qué opciones tienes, qué plazos aplican y qué se necesita para avanzar.

Honorarios

La asesoría inicial es pagada y su valor depende de la materia: te lo informa nuestra asistente legal antes de agendar. El valor de una eventual representación se define después de la asesoría con Stephanie Gallardo, porque depende de la complejidad del asunto y de si ya existe una causa judicial en curso. Puedes ver el detalle completo en nuestra página de honorarios →

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se demora todo el proceso?

La duración depende de la evaluación, las necesidades y situación jurídica del niño, niña o adolescente y las actuaciones judiciales correspondientes. La postulación y la idoneidad no garantizan una adopción ni una fecha de término.

¿Una persona soltera puede adoptar?

Sí, la ley permite la postulación de personas solteras, aunque la prelación legal prioriza otras categorías de postulantes.

Familia · Iquique

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